Brindar a nuestros asociados que no cuentan con cupo en su desprendible de pago y tienen aportes sociales disponibles, una alternativa de crédito que les permita cancelar por ventanilla la cuota mensual de su crédito el cual no debe superar el monto disponible de sus aportes sociales.
Esta línea de crédito tiene como fin beneficiar a nuestros asociados, enaltecer su fidelidad a COOPSERP y permitirles suplir sus necesidades financieras.
Debe cumplir con las condiciones para el otorgamiento del crédito establecidas en el Artículo 11 y Artículo 12 del Capítulo II del Reglamento de Créditos de la Cooperativa.
Fotocopia de la cédula de ciudadanía o extranjería.
Hasta el aporte disponible, el cual corresponde al 95% del total de los aportes del asociado.
Esta línea debe ser autorizada por la Dirección General o a quien delegue.
Si teniendo la línea 90 vigente y llega a presentar capacidad de descuento, debe recoger este crédito ordinario para normalizar sus descuentos por nómina.
Se utiliza el pagaré único y carta de instrucción el cual se hace firmar por el asociado una sola vez, en el momento de solicitar su primer crédito ordinario sea línea 90, 94 o 99. El pagaré único y carta de instrucción respalda los demás créditos ordinarios línea 90, 94 y 99 que obtenga el asociado durante los tres (3) años siguientes, vencido este tiempo se deberá generar un nuevo pagaré único y carta de instrucción.
Los créditos línea 90, 94 y 99 ordinarios quedarán registrados en el sistema AS-400 con el código 90, 94 o 99 seguido del número del comprobante de pago.
Bienvenidos a COOPSERP, la cooperativa comprometida con el bienestar de nuestros asociados y la comunidad. Ofrecemos servicios, financieros y sociales basados en los principios de solidaridad y cooperación.
Diseñado por Insight Brand