21 de marzo de 2025

Línea 60

MONTO

50% del Valor de la Prima o el monto autorizado por la nómina

PLAZO

1 Cuota

RECIPROCIDAD

1 Cuota de Aportes Sociales

ANTIGÜEDAD

1 Descuento de Aporte Social aplicado en AS400

GARANTÍA

-

FRECUENCIA

Una (1) Vez

  1. Debe cumplir con las condiciones para el otorgamiento del crédito establecidas en el Artículo 11 y Artículo 12 del Capítulo II del presente Reglamento.
  2. Fotocopia de la cédula de ciudadanía o extranjería.
  1. No aplica para pensionados ni jubilados.
  2. Se otorga el crédito de prima una vez se haya causado como mínimo el 50% de la prima semestral.
  3. El representante legal de la entidad a la cual pertenece el asociado debe autorizar a la Cooperativa mediante oficio o correo electrónico emitido desde un dominio corporativo, el descuento de la prima a través de libranza.
  4. No se otorgará este crédito a asociados pertenecientes a aquellas nóminas que no ejecutaron el descuento respectivo y/o para aquellos asociados que no cancelaron oportunamente este préstamo/anticipo en el mes de junio o diciembre.

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