Debe cumplir con las condiciones para el otorgamiento del crédito establecidas en el Artículo 11 y Artículo 12 del Capítulo II del Reglamento de Créditos de la Cooperativa.
Fotocopia de la cédula de ciudadanía o extranjería.
Se permite recogida interna cuando el asociado se revincule con la misma nómina en la cual estaba en el momento del retiro.
Cuando la garantía de este crédito sea aportes sociales debe dirigirse a la Línea 94 RL 80.
Bienvenidos a COOPSERP, la cooperativa comprometida con el bienestar de nuestros asociados y la comunidad. Ofrecemos servicios, financieros y sociales basados en los principios de solidaridad y cooperación.
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