15 de julio de 2025

Línea 64

MONTO

Hasta 30 SMMLV

PLAZO

Hasta 30 meses

RECIPROCIDAD

5 Veces el Aporte Disponible

ANTIGÜEDAD

4 Descuentos por Nómina de Aportes Social aplicados en AS400 (AP)

GARANTÍA

Aportes-Fondo de Garantía-Codeudor-Hipoteca-Pignoración

FRECUENCIA

Una vez (1)

  • Debe cumplir con las condiciones para el otorgamiento del crédito establecidas en el Capítulo III y IV del presente Reglamento.

 

  • Fotocopia legible de la cédula de ciudadanía o extranjería.

 

  • Tarjeta de Propiedad del Vehículo que se va a adquirir.

 

  • Certificado de Tradición no mayor a treinta (30) días.

 

  • Contrato de compraventa.

 

  • Resultado de la consulta en la Guía de Valores de la Federación de Aseguradores Colombianos (FASECOLDA), que establece el valor comercial promedio del vehículo en el mercado. Este cálculo se basa en información pública sobre la venta de vehículos usados y en listas oficiales de precios proporcionadas directamente por las marcas.
  • Esta línea de crédito aplica para la compra de vehículos usados, ya sean particulares o públicos, con una antigüedad máxima de dos (2) años.

 

  • El asociado debe contar con los aportes sociales requeridos de acuerdo con esta línea de crédito y el monto solicitado. En ningún caso se podrá presentar un Aporte Social disponible negativo al momento de realizar una solicitud de crédito.

 

  • Cuando el crédito para compra de Vehículo Usado (Hasta dos años anteriores) se promocione con tasa al 0% de interés, el asociado no podrá beneficiarse de esta modalidad de crédito cuando el vendedor del vehículo pertenezca a su grupo familiar dentro del primero, segundo y tercer grado de consanguinidad, primero de afinidad o primero civil.

 

  • El monto del crédito no puede superar el valor comercial del vehículo determinado por FASECOLDA.

 

  • Cuando la garantía de crédito sea Pignoración, será hasta el 50% del valor comercial del vehículo.

 

  • Cuando se otorgue un crédito conjunto con garantía Pignoración, la suma de los créditos (capital inicial) no podrá exceder el 50% del valor comercial del vehículo, considerando que se trata de un mismo bien que respalda las obligaciones.

 

  • Si contados noventa (90) días desde la fecha de colocación del crédito no se ha efectuado el desembolso correspondiente a falta de documentos a cargo del asociado, la Cooperativa podrá declarar desistimiento del crédito.

 

  • El vendedor no podrá estar incluido en Listas Vinculantes y Restrictivas por delitos relacionados con LAFT-PADM (Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo - Proliferación de Armas de Destrucción Masiva).

 

  • Para esta línea de crédito no aplica desembolso de dinero al asociado.

 

  • Cuando la garantía de este crédito sea aportes sociales debe dirigirse a la Línea 94 RL 64.

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