Al crédito Ordinario de Navidad 94-RL ESPECIAL podrán acceder los asociados que, al momento de la presentación de la solicitud de crédito, tengan Aporte Social Disponible, que el fondo de garantía esté comprometido y no presente codeudor.
En este caso, el crédito adquiere las condiciones de la línea especial (Monto - Tasa de interés - Plazo) y se podrá realizar el crédito hasta el 100% del aporte disponible.
Un crédito 94 RL ESPECIAL recoge un crédito especial u ordinario y un crédito ordinario NO recoge un crédito 94 RL ESPECIAL.
Cuando la garantía de un Crédito Especial sea Aportes Sociales, se podrá realizar el crédito hasta el 100% del aporte disponible. Este crédito se debe efectuar a través de la línea 94 RL.
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