Debe cumplir con las condiciones para el otorgamiento del crédito establecidas en el Artículo 11 y Artículo 12 del Capítulo II del Reglamento de Créditos de la Cooperativa.
Fotocopia de la cédula de ciudadanía o extranjería.
Cotización formal del vehículo a nombre del asociado emitida por el Concesionario (Persona Jurídica), la cual debe tener fecha de emisión del mismo mes de la solicitud del crédito, RUT y Certificación Bancaria con vigencia no mayor a 6 meses de expedición. El vehículo a adquirir debe estar disponible para la entrega, con el fin de evitar retrasos en el proceso del crédito.
No se aceptan cotizaciones con texto escrito a mano.
El modelo del vehículo a adquirir deberá ser año vigente o año siguiente.
Los créditos promocionales de destinación específica con tasa del 0% de interés, serán autorizados en fechas y condiciones que determine el Consejo de Adminis- tración.
El asociado que no cuente con el mínimo de aportes requeridos por la línea de crédito promocional tasa 0% de interés, podrá incrementar el valor de sus aportes sociales mediante pago por ventanilla. Dicho pago debe efectuarse una vez se encuentre aprobada la solicitud de crédito por la instancia de COOPSERP y por la nómina a la cual pertenece el asociado.
Cuando la garantía de crédito sea Hipoteca o Pignoración, será hasta el 70% del valor comercial de la vivienda o vehículo, sin exceder el monto permitido en la línea de crédito.
Se prestará hasta el 100% del valor comercial del vehículo cuando además de la pignoración, se respalde el saldo del crédito con garantías adicionales tales como Codeudor(es) y/o Fondo de Garantía, sin exceder el monto permitido en la línea de crédito.
Si contados ciento veinte (120) días desde la fecha de colocación del crédito no se ha efectuado el desembolso correspondiente a falta de documentos a cargo del asociado, la Cooperativa podrá declarar desistimiento del crédito.
Si el crédito no se desembolsa en el mismo mes de la colocación, se deberá evaluar nuevamente la capacidad de descuento antes del proceso de desembolso, anexando como evidencia el desprendible de pago del mes actual.
El concesionario no podrá estar incluido en Listas Vinculantes y Restrictivas por delitos relacionados con LAFT-PADM (Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo - Proliferación de Armas de Destrucción Masiva).
El Desembolso del crédito se realizará mediante Transferencia Electrónica a favor del concesionario una vez se aporten los siguientes documentos:
• Copia de la Tarjeta de Propiedad a nombre del asociado y con prenda a favor de COOPSERP en caso de pignoración.
• Certificado de Tradición.
• Fotocopia del SOAT
• Fotocopia de la Factura cuyo valor debe ser igual al indicado en la cotización. La fecha de la Factura debe ser posterior a la cotización.
• En el caso que la garantía del crédito sea Pignoración, el Asociado deberá garantizar la constitución de la Póliza Todo Riesgo por el mismo tiempo de la vigencia del crédito, la cual podrá adquirir a través de COOPSERP AGENCIA DE SEGUROS LTDA.
Los asociados que no adquieran la póliza a través de COOPSERP AGENCIA DE SEGUROS LTDA. podrán presentar la Póliza de una compañía de seguros legalmente habilitada para operar en Colombia y vigilada por la Superintendencia Financiera, la cual será validada internamente para su aceptación. El asociado será el responsable de presentar oportunamente las renovaciones de la póliza de acuerdo con el plazo del crédito y en el evento que no se realice dicha renovación, se podrá aplicar lo señalado en la cláusula aceleratoria del pagaré.
Para esta línea de crédito no aplica desembolso de dinero al asociado.
Cuando la garantía de este crédito sea aportes sociales debe dirigirse a la Línea 94 RL 65.
DOCUMENTOS PARA ELABORACIÓN DE PRENDA:
Factura Proforma.
Fotocopia legible de la Cédula de Ciudadanía o Extranjería del asociado.
Fotocopia legible del pagaré.
Bienvenidos a COOPSERP, la cooperativa comprometida con el bienestar de nuestros asociados y la comunidad. Ofrecemos servicios, financieros y sociales basados en los principios de solidaridad y cooperación.
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