6 de julio de 2025

Línea 63

MONTO

Hasta 2 SMMLV

PLAZO

Hasta 12 meses

RECIPROCIDAD

No Aplica

ANTIGÜEDAD

4 Descuentos por Nómina de Aportes Social aplicados en AS400 (AP)

GARANTÍA

Aportes - Fondo de Garantía - Codeudor

FRECUENCIA

Una (1) Vez

Destinado a financiar el costo del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) con pagos mensuales, beneficiando al asociado y a su grupo familiar primario.

  • Debe cumplir con las condiciones para el otorgamiento del crédito establecidas en el Capítulo III y IV del presente Reglamento.

 

  • Fotocopia legible de la cédula de ciudadanía o extranjería.

 

  • Tarjeta de Propiedad del Vehículo, que debe estar a nombre del Asociado o de un integrante de su grupo familiar primario.

 

  • Si el SOAT es para vehículo nuevo, debe adjuntar la factura de compra.

 

  • Cotización formal de la entidad aseguradora (persona jurídica) donde se discrimine nombre del propietario, características del vehículo y valor a pagar. No se aceptan cotizaciones con texto escrito a mano.

 

  • La compañía de seguros no podrá estar incluida en Listas Vinculantes y Restrictivas por delitos relacionados con LAFT-PADM (Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo - Proliferación de Armas de Destrucción Masiva).

 

  • Para desembolsar el valor exacto del seguro SOAT, el crédito se puede diligenciar por un monto mayor. El desembolso se podrá realizar por un monto inferior a $500.000= y no aplica la política de colocación de créditos en múltiplos de $100.000=.

 

  • Para esta línea de crédito no aplica desembolso de dinero al asociado.

 

  • Cuando la garantía de este crédito sea aportes sociales debe dirigirse a la Línea 94 RL 63.

 

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