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Objetivo: Destinado a solucionar inconvenientes financieros del asociado, suscitados como consecuencia de la ejecución de embargos civiles los cuales atentan contra la estabilidad económica de su familia.
Cuantía: Hasta cinco (5) veces el aporte disponible sin exceder de $8.000.000
CUANTÍA | Hasta $8.000.000 |
PLAZO | 42 Meses |
ANTIGÜEDAD | 4 mes |
Documentos:
1. Los relacionados en el Artículo 65 del presente Manual de Créditos.
2. Certificado original de la entidad que ejecuta el embargo, en donde conste el valor adeudado.
Parágrafo 1: El descuento de la primera cuota del crédito se efectuará a los 60 días después del desembolso del crédito.
Parágrafo 2: El cheque saldrá dirigido al Juzgado o demandante.
Parágrafo 3: Los pagos y la diligencia de levantamiento de embargo se efectuará por parte de la Cooperativa.
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