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En este artículo te contamos algunas oportunidades que tienes, si aplica, para optimizar el pago del impuesto de Declaración de Renta.
Desde el pasado 10 de agosto, se empezaron a vencer las fechas para que las personas naturales del país presenten su declaración de renta.
Si usted cumple con alguno de estos requisitos, debe declarar renta:
1. Tener un patrimonio bruto superior a 4.500 UVT ($160.232.000) a 31 de diciembre de 2020.
2. Si ha obtenido ingresos brutos iguales o superiores a 1.400 UVT ($49.850.000) durante el año 2020.
3. Haber realizado consumos mediante tarjeta de crédito superiores a 1.400 UVT ($49.850.000) durante el año 2020.
4. Si ha realizado compras y consumos totales superiores a 1.400 UVT ($49.850.000) durante el año 2020.
5. Haber recibido consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras por valor total acumulado superior a 1.400 UVT ($49.850.000) durante el año 2020.
6. Ser responsable del IVA al cierre del año gravable 2020.
Otros puntos a tener en cuenta es que el ahorro es un generador de beneficios, tal como informa Protección, empresa experta en ahorro e inversiones. Notifica que utilizando los beneficios de ingresos no constitutivos de Renta, Rentas exentas y deducciones en las normas vigentes, tales como pensiones voluntarias, cesantías y aportes voluntarios en las pensiones obligatorias, se puede optimizar el pago de dicho impuesto.
Existen dos posibilidades para ello:
La fecha en la cual debe declarar renta dependerá de los últimos 2 dígitos de su Número de Identificación Tributaria (NIT), que normalmente corresponde a los de su documento de identidad. Datos a tener en cuenta para declarar:
LOS QUE DECLARAN
Lo primero que debe tener en cuenta es que declarar renta no quiere decir que deba pagar. El pago, de ser necesario, se define con los resultados que se obtegan de la declaración.
Lo segundo que debe contemplar es la Unidad de Valor Tributario (UVT), que fue de $35.607 en 2020 y que es la base para las condiciones de quienes deben declarar renta.
REQUISITOS:
1. Tener un patrimonio bruto superior a 4.500 UVT ($160.232.000) a 31 de diciembre de 2020.
2. Haber obtenido ingresos brutos iguales o superiores a 1.400 UVT ($49.850.000) durante el año 2020.
3. Haber realizado consumos mediante tarjeta de crédito superiores a 1.400 UVT ($49.850.000) durante el año 2020.
4. Haber realizado compras y consumos totales superiores a 1.400 UVT ($49.850.000) durante el año 2020.
5. Haber recibido consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras por valor total acumulado superior a 1.400 UVT ($49.850.000) durante el año 2020.
6. Ser responsable del IVA al cierre del año gravable 2020.
7. Quienes hayan percibido ingresos de fuente nacional, los cuales no hayan sido objeto de la retención en la fuente de que tratan los artículos 407 al 411 del Estatuto Tributario, están obligados a presentar la declaración y complementarios por la vigencia.
El plazo máximo para resolver el impuesto irá hasta el próximo 20 de octubre. A continuación compartimos las fechas correspondientes a septiembre y octubre: Fechas para declarar renta según su NIT en agosto.
ARCHIVO PARTICULAR
Septiembre
Octubre
Información tomada de: https://www.portafolio.co/economia/impuestos/declaracion-de-renta-2021-beneficios-que-puede-obtener-para-el-impuesto-gracias-al-ahorro-555382